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¿Qué es la usucapión y por qué es importante?

  • Foto del escritor: Luis E Abarca
    Luis E Abarca
  • 23 ago
  • 3 Min. de lectura

¿Qué es la usucapión?

La usucapión (o prescripción adquisitiva) es básicamente la manera legal de convertirte en dueño de un inmueble que llevas ocupando por años, siempre y cuando lo uses como si fuera tuyo y cumplas con ciertos requisitos. La idea no es premiar a los invasores, sino dar seguridad jurídica a quienes han cuidado, mantenido y habitado un bien mientras el verdadero propietario lo dejó abandonado.

En pocas palabras: si el dueño formal desapareció de la escena y tú te quedaste ocupando y cuidando la propiedad, la ley puede reconocerte como el nuevo propietario.

*Ojo: no todo se puede usucapir. Los parques, las calles o cualquier bien público no entran en esta figura. Solo aplica a bienes privados.


Tipos de usucapión

En la CDMX hay dos caminos:

  • Ordinaria: cuando ocupas de buena fe y tienes un “justo título”, como un contrato privado de compraventa. Aquí el plazo es de 5 años.

  • Extraordinaria: cuando no tienes título o incluso sabes que no tenías derecho, pero de todos modos ocupaste. El plazo sube a 10 años.

En ambos casos, la regla es la misma: debes comportarte como dueño, hacerlo en público, sin violencia y de forma continua.


Requisitos básicos

Para que la usucapión funcione en CDMX necesitas que tu posesión sea:

  • En concepto de dueño: habitar, pagar predial, mantener el inmueble.

  • Pública: nada de ocultarse; debe ser notorio.

  • Pacífica: sin violencia ni pleitos constantes.

  • Continua: sin interrupciones largas.

Un detalle: si ocupaste el inmueble porque fue producto de un delito, el tiempo no corre. Tampoco corre si empezaste como inquilino o comodatario, ya que en ese caso reconocías que había otro dueño.


¿Cuánto tiempo se necesita?

  • Inmuebles: 5 años (si hay buena fe y título) o 10 años (sin título o con mala fe).

  • Muebles: 3 o 5 años.

Si no usaste el inmueble durante la mayor parte del tiempo, el plazo puede aumentar hasta un tercio más. Y si la posesión empezó con violencia, los 10 años cuentan solo desde que cesa esa violencia.


El proceso legal

La usucapión no ocurre automáticamente. Hay que ir a juicio.

  1. Demanda: se presenta contra el propietario registrado y cualquier otro dueño que pudiera tener derechos.

  2. Pruebas: recibos de servicios y predial, testimonios de vecinos, contratos, fotos, inspecciones judiciales.

  3. Sentencia: si convences al juez de que cumpliste con los requisitos, te declarará propietario.

  4. Registro: con la sentencia en mano, se inscribe en el Registro Público y ya eres dueño oficial.


¿Qué dicen los tribunales?

La Suprema Corte ha dejado claros algunos puntos:

  • La demanda debe ir también contra el dueño real conocido, no solo contra el nombre que aparece en el Registro.

  • Deben cumplirse todos los requisitos; si falta uno, no procede.

  • Puedes sumar el tiempo que poseyeron tus antecesores (por herencia, cesión, etc.).

  • Si la posesión nació de un delito, siempre será de mala fe.


Ejemplos reales

  • Casa abandonada: un vecino la habita, paga servicios y predial durante 20 años → puede demandar usucapión.

  • Herencia sin sucesión: un familiar vive en exclusiva en la casa de la abuela por más de 10 años → podría usucapir, aunque seguro habrá pleitos con otros herederos.

  • Contrato privado: alguien compra con contrato pero nunca escritura → tras 5 años puede usucapir.

  • Invasores recientes: si apenas llevan un par de años y entraron con violencia → no aplica, pueden ser desalojados.


Conflictos comunes

  • El típico choque entre el dueño en papeles y el poseedor de hecho.

  • Herencias intestadas donde un familiar se queda con el inmueble y los demás reclaman después.

  • Disputas por fracciones de terreno o linderos.

  • Áreas comunes de condominios: en principio no se pueden usucapir.

  • Bienes del Estado: imprescriptibles si están destinados a uso público.


¿Por qué es polémico?

Los plazos y reglas no han cambiado en años. Lo nuevo es que, con el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, se busca uniformar cómo se tramitan estos juicios en todo México.

Entonces, el debate continúa, ¿la usucapión es una herramienta de justicia social para regularizar inmuebles abandonados o es un incentivo para invasores?

La Suprema Corte también ha puesto lupa a fraudes ya que hay gente que intenta simular juicios de usucapión para evadir impuestos. Hoy los jueces y el SAT están mucho más atentos a estas trampas.


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